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GALICIA IS DIFFERENT

Mientras el T.S. reconoce que el Facultativo tiene derecho a cobrar las guardias en I.T., Galicia , y en particular el juzgado nº 2 del Contencioso de Vigo dice que no y emite sentencias sin derecho a recurso.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Los colegios advierten de que los recortes amenazan la calidad asistencial

Los colegios de Madrid, Valencia y Galicia alertan de que los recortes aprobados en sus autonomías pueden acabar minando la calidad asistencial. Los colegios dudan de la eficacia de reducir salarios y plantillas y de limitar las inversiones, y exigen que toda medida restrictiva se pacte con el médico.


PUBLICADO EN EL DOG, LOS CURSOS  "CELGA"  DE GALLEGO

ORDE do 4 de xaneiro de 2012 pola que se anuncian, con carácter voluntario e gratuíto, cursos de lingua galega preparatorios para as probas dos niveis Celga 1, Celga 2, Celga 3 e Celga 4, para particulares (adultos) e colectivos de Galicia, no ano 2012 (ED104B).


Trabajar en otro país de la UE debe contar en los concursos

La Comisión Europea ha mandado un requerimiento a la Junta de Galicia para que en dos meses adapte su regulación de concursos de traslados a la normativa comunitaria e incluya en el baremo la experiencia profesional del médico en otro país de la Unión Europea.


La desunión, la mayor lacra del médico.- Los intereses que mueven a los médicos son muy variados y dentro de la profesión existe la visión de que la lucha por unas condiciones mejores para todos puede perjudicar el interés particular de cada uno. La variación de tareas y remuneraciones también impide que sean capaces de unirse para defender sus reivindicaciones profesionales. El sistema necesita reformas estructurales profundas, pero sólo serán eficaces si el médico se implica en los cambios, deja de ser un espectador y empieza a luchar para alcanzar un objetivo común: mejorar sus condiciones laborales.


RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2011, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se nombran los tribunales calificadores del concurso-oposición para el ingreso en las clases de farmacéuticos inspectores de salud pública, inspectores farmacéuticos, inspectores médicos y subinspectores sanitarios al servicio de la comunidad autónoma.



Los médicos mayores de 65 años podrán seguir en activo si no hay sustitutos

El Parlamento aprueba una medida para retrasar su jubilación cuando falten facultativos de la rama o no sea posible cubrir bajas


RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2011 por la que se hace público el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de la misma fecha por el que se aprueba la modificación del Catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia.


RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2011, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se determina el inicio del sistema informático expedient-e, previsto en el Pacto sobre selección de personal estatutario temporal en el ámbito del Servicio Gallego de Salud y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidad.

INSTRUCCIONES


¿QUE IMPLICA EL FIRMAR O NO LOS OBJETIVOS DEL C.P.V.?

 

Ante la cantidad de preguntas realizadas tanto a nuestros delegados sindicales como las atendidas en nuestra Sede, este Sindicato quiere hacer las siguientes aclaraciones.

¿Qué PUEDE PASAR SI NO SE FIRMAN los objetivos del C.P.V.?

El acuerdo dice: "La firma será voluntaria para todos los miembros del Servicio o Unidad que deseen participar en su consecución. Los facultativos no suscribientes quedarán automáticamente excluidos de la percepción del C.P.V."

Esto quiere decir que los que no firmen los objetivos, no sólo no van a cobrar en el mes de marzo el 50% del C.P.V, sino que les van a obligar a devolver el dinero percibido, desde el mes de Enero, en concepto de adelanto de dicho complemento. Así están amenazando los GERENTES a los Facultativos, lo malo es que pueden hacerlo.

Si el Facultativo a final de año ha cumplido los objetivos y no se le ha abonado la totalidad del C.P.V., le queda el recurso de acudir a los Tribunales y, aunque hay sentencias que dicen que "aun cuando no se hayan firmado los objetivos se tiene derecho a su percepción", queremos avisar que el resultado final va a depender del juez de turno y no hay seguridad de que vayan a fallar a favor del demandante.

¿Qué implica el firmar con alegaciones los objetivos?.

El Acuerdo también dice: "No obstante, los Facultativos interesados podrán presentar ante la Comisión Hospitalaria de productividad, las alegaciones que consideren oportunas sobre el contenido de los objetivos fijados, con independencia de que se asuman y suscriban o no tales objetivos".

Los Facultativos que no estén de acuerdo con los objetivos, pero que quieran firmar, para evitarse complicaciones, deberán acompañar a la firma de los objetivos las alegaciones pertinentes y haciendo constar que los firman por imperativo legal, que no están de acuerdo con ellos y se reservan el derecho de realizar futuras acciones judiciales.

Una vez explicado esto, que cada Facultativo opte por la opción que crea más conveniente.

¿CUÁL ES LA POSTURA DE LA COALICIÓN SINDICAL?

La Coalición de Sindicatos Médicos, sigue manteniendo su recomendación de “NO firmar” los objetivos del CPV para el año 2011 en tanto en cuanto se mantenga por parte de la Administración Sanitaria cualquier apartado que contenga una alusión a “excluyente” (de tal suerte que de no cumplirse uno de ellos, te anulen el resto), ó introduzca postulados imposibles de cumplir.


ALEGACIONES PARA HOSPITALARIA

ALEGACIONES PARA PRIMARIA


Trabajo rectifica la orden de incompatibilidades para que no afecte a los facultativos con 65 años cumplidos

    El Ministerio de Trabajo ha publicado en el Boletín Oficial del Estado una "corrección de errores" a la orden de incompatibilidades del cobro de la pensión de jubilación con el ejercicio privado del profesional colegiado.
    El ministerio excluye de la aplicación de la norma, que entra en vigor el próximo 1 de julio, a los facultativos que tengan más de 65 años.
    La modificación afecta al texto de la disposición adicional única, de aplicación de la norma, cuya redacción final dice: "El régimen de incompatibilidad a que se refiere esta orden no será de aplicación con respecto a los supuestos en los que la correspondiente pensión de jubilación viniera compatibilizándose con el ejercicio de la actividad por cuenta propia del profesional colegiado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, así como para quienes en la citada fecha hubieran
ya cumplido los 65 años de edad".
La aclaración del ministerio viene a calmar parte del revuelo levantado entre los facultativos con 65 años y más que seguían ejerciendo en la Seguridad Social y en la privada y tenían que jubilarse antes del 1 de julio para que no les afectara la orden.
    Con la corrección que se ha hecho ya no existe esa premura, pues los profesionales con 65 años están al margen de la norma, aunque no así los que cumplan esa edad pasado el 1 de julio.
    Antes de que se modificara el texto, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid dictó una resolución para que los médicos del sistema público que optaran por la jubilación durante junio no tuvieran que solicitarlo tres meses antes, según establece la normativa.
    La consejería estimaba que más de cien médicos se acogerían a esta solicitud, para que no les afectara la incompatibilidad.

(Información extraída de Diario Médico)

VER MODIFICACIÓN


 

                         URGENTE

                          NOTA INFORMATIVA SOBRE EL CPV-2011

 

Como respuesta al escrito realizado por la coalición CESM-O´MEGA y dirigido al SERGAS (lo tenéis en vuestros correos), se nos convocó a una reunión el día 25 de Mayo 2011.

 

En dicha reunión, y después de una ardua deliberación, se han llegado a las siguientes conclusiones:

 

1º.-Los objetivos pretendidos por el SERGAS no fueron objeto de la aplicación negociadora que determina el Pacto del CPV, por lo que, de común acuerdo, se ha decidido retrotraerla a la negociación que se realizará en cada uno de los Servicios de los Hospitales.

2º.-A partir de la próxima semana, cada Jefe de Servicio se reunirá con los Facultativos que constituyen su Servicio. En esa reunión presentará y negociará, con todos sus componentes, los objetivos que pretende la Administración.

3º.-Esas reuniones deberán quedar perfectamente refrendadas por escrito, para asegurar que todos los componentes del Servicio intervienen en dicha negociación.

4º.-Con posterioridad a esa negociación y dándose un tiempo prudencial de reflexión que podrá realizarse por escrito, cada facultativo y de manera individual, valorará su aceptación, o no, de los objetivos negociados.

5º.-Los objetivos que se presentarán serán, con variaciones según los Servicios a los que se remitan, similares a los ya propuestos, con la promesa por parte de la Administración de la “flexibilidad” de todos y cada uno de los ítems que los componen.

6º.-Aunque en Atención Primaria no se admitía esa posibilidad negociadora por considerarlos fuera del mencionado Pacto, finalmente se admitió el derecho a que todos sus Facultativos puedan negociar sus CPV en el seno de sus respectivos  Servicios.

 

Por tanto, y en conclusión, ya no es de extrema urgencia el firmar los objetivos, ya que estos se vincularán a lo que se pueda negociar, Servicio a Servicio y también de forma individual, por lo que está en vuestras manos el mejorar lo que se presente.

 

CPV DEL 2010

 

Sobre este particular y dadas las reclamaciones que se están realizando por indicaciones previas de CESM-O´MEGA, la Administración acepta la posibilidad de prorrogar el tiempo de presentación de alegaciones, en contraprestación de cierta flexibilidad en cuanto al periodo de respuesta a la que están obligados.

 

ATENCIÓN:  Coincidente en tiempo y hora con la reunión mantenida, algunos Gerentes de Atención Primaria y algún Jefe de Servicio, han enviado convocatorias de reunión con indicaciones y directrices para la negociación del CPV. Todo ello queda obsoleto en función de lo anteriormente expuesto.

 

Respecto a las posibles directrices y recomendaciones para la negociación, estas serán expuestas en nuestras páginas web a más tardar el próximo lunes.

 

En las webs de ambas organizaciones sindicales se pondrán a disposición de todos los facultativos esas recomendaciones para el momento de la negociación y su posterior firma o no-firma.

 

En las dos webs habrá idéntica información. Ambas Organizaciones estamos a vuestra disposición para despejar dudas.

 

www. cesm-galicia.org   ---   www.o-mega.net

 

FORMULARIO RECLAMACIÓN HOSPITALARIA

 

FORMULARIO RECLAMACIÓN PRIMARIA


RESOLUCIÓN conjunta de 26 de abril de 2011,(PACTO DE CONTRATACIÓN TEMPORAL) de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad y de la Gerencia del Servicio Gallego de Salud, por la que se dispone la publicación del pacto suscrito por la Administración sanitaria con las centrales sindicales CC.OO., CEMSATSE, CIG, CSI.F, UGT y USAE, sobre selección de personal estatutario temporal en el ámbito del Servicio Gallego de Salud y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidad.

ACLARACIONES SOBRE EL PACTO

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL PACTO


¡¡¡SOMOS LA PRIMERA FUERZA!!!       ¡¡¡GRACIAS!!!

Gracias a la intensa participación de los facultativ@s. Somos los primeros. La coalición CESMGalicia-O’Mega vence en las elecciones sindicales.

RESULTADOS:

COALICIÓN CESM/O’MEGA:

CORUÑA:  8 delegados

FERROL: 5
SANTIAGO: 7
BURELA: 3
LUGO: 4
MONFORTE: 3
O BARCO: 3
OURENSE: 6
O SALNÉS: 5
PONTEVEDRA: 6
VIGO: 6
TOTAL:
56 DELEGADOS CESM-O’MEGA / 54 CIGA /37 CSIF /35 CCOO /35 SATSE /34 UGT/ 22 USAE / 3 TSP

VER TABLA COMPLETA DE RESULTADOS


                                                                                                                                                                    

 

TRADUCTOR DE GALLEGO